OBJETO DE LA
INSPECCIÓN JUDICIAL
La inspección
judicial tiene por objeto la verificación de hechos materiales, perceptibles sensorialmente,
de cualquier clase, que el juez pueda examinar y reconocer. Se trata de
acreditar no sólo hechos, sino el estado de las personas, cosas o para
determinar circunstancias concernientes a la cosa litigiosa (León, 2010).

El
objeto de la inspección judicial puede estar
relacionado tanto con el cuerpo del delito como con la autoría y la
responsabilidad. Aunque más frecuentemente con el primero; y lo constituyen los
hechos y circunstancias susceptibles de percepción por medio de cualquiera de
los sentidos. Es decir pueden ser objeto de inspección judicial
tanto las personas como los lugares y las cosas.
Por tanto, lo que cae bajo la percepción inmediata del funcionario sea
cual fuere el sentido de que se valga: vista, oído, tacto, etc., puede ser
objeto de la prueba (Serpa, 1981).
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